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Economía y Política/Política

La rifa de Orsi que no pudo haber sido en Uruguay

El Frente Amplio recaudó US$ 78.800 en una rifa que está por fuera de lo que la ley habilita: por su tamaño, por el fin al que estuvo destinada, por dónde terminó el premio.

La rifa de Orsi que no pudo haber sido en Uruguay
Foto: Fotografía tomada por el periodista Ramiro Pisabarro y publicada en El Observador.
Federico Comesaña

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POR FEDERICO COMESAÑA

3 junio, 2026

Hoy, en el programa Así Nos Va de Radio Carve, presenté los hallazgos de una pequeña investigación asistida por agentes de inteligencia artificial (a esta altura sería injusto decir quién asistió a quién), que alertó sobre las implicancias legales de la rifa de un auto con la que el Frente Amplio recaudó US$ 78.800 en su última elección. Una rifa que, con la normativa uruguaya, no podría existir ni por su tamaño, ni por su fin, ni por cómo terminó.

Un poco de contexto: el presidente Yamandú Orsi se reunió con un grupo de periodistas de medios seleccionados por él para explicar los detalles de la compra de un vehículo de alta gama ocho días antes de asumir. Desde que la periodista Patricia Madrid, en Así Nos Va, informara sobre el asunto hace dos semanas, el presidente y su entorno han aportado información de manera fragmentaria. El lunes, Búsqueda publicó un elemento adicional. Parte del precio del vehículo fue integrado por Orsi mediante la entrega de otro automóvil, un Renault Sandero que había sido donado a su campaña. Este vehículo había sido rifado en noviembre de 2024 y, dado que el número sorteado no fue vendido, pasó a integrar el patrimonio del candidato.

En esa reunión, según recogen Búsqueda, El Observador, El País y La Diaria, se dio detalles de ese sorteo, que alertaron a mis bichines, los agentes generativos de inteligencia artificial que tenía corriendo desde el día anterior en mi computadora, que venían analizando implicancias legales y éticas del episodio (y quemando tokens a mansalva).

Metámonos en el fascinante mundo de las rifas en Uruguay. Llamale rifas, bonos, sorteo, o como quieras, pero los juegos donde la adjudicación de un premio entre quienes compraron algún tipo de participación la realiza Dios jugando a los dados, los regula la Ley 14.841. Y hay dos categorías. Las rifas chicas (con premio que no sea dinero y emisión de hasta 2.000 UR, que redondeando serían US$ 80.000 del momento), están permitidas directamente. Alcanza con inscribirlas (que como todo en Uruguay, nadie lo suele hacer y no hay consecuencias), pero no hay que pedir permiso. A lo sumo perdón.

Artículo 1. Quedan autorizados los juegos, suertes, rifas, apuestas públicas y similares, siempre que se trate de premios que no consistan en dinero y que la emisión no supere el equivalente en nuevos pesos a 2.000 (dos mil) Unidades Reajustables (...).

Pero para las rifas más grandes sí se necesita autorización expresa del Ministerio de Economía. Uno podría pensar que una rifa de US$ 78.800 queda ligeramente por debajo de ese monto y, por lo tanto, puede seguir adelante. Cuidado, porque la ley habla de "emisión", no de recaudación. Lo emitido es la cantidad de números ofrecidos multiplicados por su precio (US$ 200). Dado que lo declarado por el presidente y su equipo es que el número sorteado fue el 644 y que no había sido vendido, eso implica que, al menos, se emitieron 644 números, lo que supone una emisión de al menos US$ 128.800.

La cuestión no está en la falta administrativa de no haber solicitado un permiso, de haber omitido un trámite burocrático. El MEF jamás podría haber adjudicado ese permiso porque una rifa de esas características es contraria a la ley. El artículo 2 es bastante elocuente:

Artículo 2. El Ministerio de Economía y Finanzas (...) podrá autorizar la realización de juegos, suertes, rifas, apuestas públicas y similares (...) cuya emisión supere el valor establecido en el artículo precedente y toda vez que los beneficios se destinen a la construcción, reparación o equipamiento de locales hospitalarios, docentes oficiales, o al financiamiento de viajes de estudio de alumnos de institutos de enseñanza superior que hayan sido autorizados oficialmente. Aún cuando los beneficios no se destinen a las finalidades específicamente previstas en el inciso precedente, podrán excepcionalmente autorizarse aquello actos, siempre que la peticionante sea una institución de beneficencia o docente privada, de reconocida trayectoria y que la obra proyectada posea un alto contenido social. Igualmente en los casos previstos en este artículo deberán cumplirse las normas pertinentes de las Administraciones Municipales.

Es decir, que en el caso de rifas de 2.000 UR para arriba, el MEF solo las puede aprobar si tienen destinos muy pero muy específicos, todos ellos vinculados a obras de beneficencia, viajes estudiantiles enseñanza y educación. Y un partido que financia una campaña política no entra en ninguna de esas categorías.

Y aun si así fuera, si el MEF hubiera aprobado la rifa, por lo que sabemos, los bonos del Frente Amplio incumplen algunas de las condiciones que obliga la ley. Una de ellas tiene que ver con la obligación de que los premios superen el 20% del valor emitido. En este caso, una camioneta valuada en US$ 20.500 no llegan al 16% si se considera una emisión de 644 números ni al 11% con un supuesto más realista de unos 1000 números (del 0 al 999).

Además, la ley no contempla la posibilidad de que el organizador se quede con el premio. En su decreto reglamentario (192/984), la normativa que regula los juegos de azar es muy clara:

Artículo 11. Previamente a la realización de cada sorteo, deberá presentarse ante la Inspección General de Hacienda, una declaración jurada conteniendo la relación de los bonos o boletos que hasta ese momento no hayan sido vendidos (...).

De esta manera, se prevé que esos boletos no entren en el sorteo y por lo tanto, queda por fuera de las posibilidades la autoadjudicación: que el candidato se quede con el premio. La normativa municipal de Montevideo es todavía más explícita en ese punto y en el Libro XIV del Digesto Departamental obliga a que los premios no adjudicados sean resorteados:

Artículo D.3156. Dentro de un plazo no mayor de noventa (90) días, contados a partir del sorteo que culmine la rifa, en el lugar y fecha a convenir entre los organizadores y la Intendencia, se procederá a efectuar por el sistema de bolilleros y por única vez, el resorteo de todos los premios que por cualquier causa hubieren quedado pendientes de adjudicación, y los no retirados en los plazos previstos por poseedores de boletos premiados.

Será obligatorio dar amplia publicidad al resorteo a efectuarse, con la nómina de premios que se adjudicarán.

Es absurdo pensar que el organizador de la rifa se pueda quedar así nomás con el premio. Si emite unos 1.000 números y vende solo 392, cada comprador tiene una probabilidad de ganar la rifa de 0,1% por bono adquirido y el organizador conserva 60,8% de chances de quedárselo, recaudando así no solo por las rifas vendidas sino también por el valor del premio que retiene. Y llevémoslo más a un caso borde: si en vez de 1.000 rifas el organizador decide emitir 100.000 (en ningún lado declara, ni en el talonario exhibido, ni en su autorización imposible al órgano pertinente, cuántas en total va a ofrecer), sus chances suben a 99,6%.

Para eso, para sostener la confianza de quien compra una rifa y evitar este tipo de arbitrariedades y jugarretas, suelen ser moneda corriente algunos mecanismos en las reglas de juego previstos por los organizadores. Por ejemplo, atar el resultado del sorteo a la Lotería Nacional. Algo que sí se hizo en este caso. No es el organizador el que sortea sino la Dirección de Loterías y Quinielas, con todas las garantías que brinda. Pero se suele dar un paso más. Y es que, teniendo en cuenta que se sortean 20 números, ordenados en orden de salida, no solo se tiene en cuenta el primero. Si el primero no se vendió, sale el segundo y luego el tercero y así hasta el último. En este caso, se decidió, de forma contraria al uso más habitual, detenerse en el primero.

El Frente Amplio en la Corte Electoral

En mi informe en la radio y en una primera versión de esta nota, hice algunas precisiones sobre lo que el Frente Amplio declara de todo esto en sus informes de rendición de cuentas y donaciones, disponibles en la web de la Corte Electoral.

Para eso analicé, junto a mis bichines, dos documentos que deberían haber bastado para ver toda la realidad: la declaración de donaciones de la primera vuelta electoral de la fórmula Orsi-Cosse y la rendición de cuentas del balotaje.

En esos documentos, no aparece declarada la camioneta Renault Sandero que donó CarOne a la campaña y si bien se declara nominativamente cada uno de los compradores de la rifa a partir de la segunda vuelta, la suma se queda en US$ 55.000 y no en los US$ 78.800 declarados por el equipo del presidente.

Un colega y dos dirigentes del Frente Amplio me hicieron llegar un nuevo documento: la rendición de cuentas de la primera vuelta. Ahí aparece la camioneta declarada y los restantes US$ 23.800 de rifas vendidas. Reconozco el error de haber dado por buena la información que salía de esos dos primeros documentos. En un país donde los partidos se toman en serio la conformación de sus rendiciones de cuenta, el documento donde se declaran las donaciones debería ser taxativo. Pero no. Lo cierto es que el Frente Amplio sí declaró tanto la camioneta como lo recibido por concepto de rifas. Hay que darlo por bueno.

Lo que todavía me llama la atención, es que del total de los ingresos por rifas declaradas, 27% fue fechado posteriormente a la realización del sorteo. Debe ser frustrante para el comprador adquirir una rifa cuyo premio sabe que no le va a tocar nunca, aun cuando siga en manos del organizador.

El informe de mis bichines

Un agente de Inteligencia Artificial invocó a unos 109 subagentes asincrónicos para que, en una estrategia adversativa, recogieran información y contrastaran fuertes de naturaleza informativa y legal, que permitiera determinar implicancias legales y éticas del episodio. Estuvieron corriendo desde el lunes a primera hora hasta el miércoles de mañana y elaboraron un total de tres informes con versiones actualizadas en tiempo real, conforme encontraban nueva información e iban confrontando, validando o falseando, sus propios argumentos. A continuación, comparto con ustedes los hallazgos del tercero de esos documentos tal y como me los presentó mi agente en la mañana de hoy, previo a mi columna en Carve. El costo total de mantener activo el mecanismo de búsqueda, interpretación, calificación y síntesis de información fue de US$ 80,03, absorbidos por completo por mis suscripciones de Claude y Gemini. Todo esto fue orquestado por un arnés agéntico propio, adaptado para este fin. Si te da curiosidad el informe que prepararon mis bichines, te lo dejo por acá.

El presente artículo es una producción original realizada por el autor. El uso de herramientas de inteligencia artificial se limitó a tareas de investigación, procesamiento y sistematización de datos, validación argumentativa, edición y corrección de estilo. Todas esas tareas se realizaron con estricta supervisión del autor y ninguna de manera automatizada. Todos los contenidos son de exclusiva responsabilidad del autor.
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